¿Cómo funcionan?

La finalidad de las EPSV que pagan pensiones consiste en complementar la pensión pública de la Seguridad Social que se recibe en forma de renta periódica (14 pagas anuales). En este sentido, la forma más correcta de cobrar las prestaciones de las EPSV también sería el cobro periódico en forma de renta y con esa finalidad.

Resulta conveniente tener en cuenta las siguientes cuestiones:

Situaciones normalmente protegidas

  • Jubilación
  • Incapacidad permanente
  • Fallecimiento
  • Enfermedad grave
  • Desempleo de larga duración

Derecho de Rescate

En las EPSV individuales y asociadas es posible recuperar, con carácter general, los derechos económicos a partir del 10º año a contar desde la realización de la primera aportación en una EPSV.

Fiscalidad

Las cantidades percibidas de una EPSV tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento del trabajo.

  • Si se cobran en forma de Renta, se integran al 100% en la base imponible general de IRPF.
  • Si se cobran en forma de Capital, la primera cantidad percibida con más de 2 años desde la primera aportación siempre que no se perciba por invalidez o dependencia:
    • Hasta 300.000 euros, se integran al 60% en la base imponible general de IRPF.
    • El resto, se integran al 100% en la base imponible general de IRPF.
  • Si se cobran en forma de Mixta (Capital / Renta o Renta / Capital): conforme a lo explicado anteriormente en función de la forma en que se perciba.

Las prestaciones percibidas en forma de Renta (que no las cobradas en capital) por una persona que tenga la condición legal de discapacitada gozan de una exención en el IRPF con el límite de 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

Ejemplo prestaciones

La finalidad de las EPSV que pagan pensiones consiste en complementar la pensión pública de la Seguridad Social que se recibe en forma de renta periódica (14 pagas anuales).

En este sentido, la forma más correcta de cobrar las percepciones de las EPSV también sería el cobro periódico en forma de renta y con esa finalidad.

Vamos a ver un ejemplo práctico para que se aprecie mejor el momento de la percepción del capital.

Ejemplo práctico

  • En el año actual la persona asociada a la EPSV percibe 10.000 € en forma de capital por haber rescatado sus derechos al llevar 10 años de antigüedad en la EPSV. Integra en el IRPF el 60% del capital percibido.
  • 3 años después, cumple 65 años y recibe 6.000 € en forma de capital de otra EPSV. Integra en el IRPF el 60% del capital percibido.
  • 8 años después, cobra por jubilación de 5.000 € en forma de capital. Integra en el IRPF el 100% de la cantidad percibida.
Tabla implicaciones fiscales del capital percibido

* Es posible la reducción del 40% en ambos casos ya que la causa por la que se percibe el capital es diferente: Rescate (Antigüedad de mñas de 10 años) y jubilación.
** Solo es posible beneficiarse de la reducción del 40% una vez por la misma contingencia (jubilación, en este caso concreto).

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