Prestaciones
¿Cómo funcionan?
La finalidad de las EPSV que pagan pensiones consiste en complementar la pensión pública de la Seguridad Social que se recibe en forma de renta periódica (14 pagas anuales). En este sentido, la forma más correcta de cobrar las prestaciones de las EPSV también sería el cobro periódico en forma de renta y con esa finalidad.
Resulta conveniente tener en cuenta las siguientes cuestiones:
Situaciones normalmente protegidas:
- Jubilación
- Incapacidad permanente
- Fallecimiento
- Enfermedad grave
- Desempleo de larga duración
Derecho de Rescate
En las EPSV individuales y asociadas es posible recuperar, con carácter general, los derechos económicos a partir del 10º año a contar desde la realización de la primera aportación en una EPSV.
EPSV indiferenciadas
Existen también las EPSV indiferenciadas, que dan coberturas de gastos de sepelio, cascos de buques, vivienda, etc.
Fiscalidad
Las cantidades percibidas de una EPSV tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento del trabajo.
- Si se cobran en forma de Renta, se integran al 100% en la base imponible general de IRPF.
- Si se cobran en forma de Capital, la primera cantidad percibida con más de 2 años desde la primera aportación siempre que no se perciba por invalidez o dependencia:
- Hasta 300.000 euros, se integran al 60% en la base imponible general de IRPF.
- El resto, se integran al 100% en la base imponible general de IRPF.
- Si se cobran en forma de Mixta (Capital / Renta o Renta / Capital): conforme a lo explicado anteriormente en función de la forma en que se perciba.
- Las prestaciones percibidas en forma de Renta (que no las cobradas en capital) por una persona que tenga la condición de discapacitada gozan de una exención en el IRPF con el límite de 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional.